Osvaldo Alfredo Gozaini
Datos técnicos
El autor, prolífico investigador Latinoamericano, estudia la teoría de Giuseppe Chiovenda que dio nacimiento al Derecho Procesal. En la obra se señalan los cambios que tiene dicha dogmática en la actualidad. El enfoque muestra la evolución en el concepto y sentido funcional de la organización jurisdiccional; el impacto del movimiento en pro del acceso a la justicia sobre las teorías de la acción, y el contenido garantista del proceso como derecho fundamental de todas las personas.
La evolución comienza con los modelos de códigos basados en principios y en leyes sosteniendo el formalismo de las reglas, hasta esbozar una relación jurídica novedosa con el vínculo que se forma entre la Constitución y el proceso a mediados del siglo XX.
De este modo, llega al siglo XXI y presenta nuevos principios procesales, tales como el de protección; derecho a la verdad; el de oficialidad y el derecho a que el proceso se resuelva dentro de un plazo razonable, entre otros. De este modo, el libro quiere demostrar las notables variaciones en el principio dispositivo; el de congruencia; la obligación de probar; y los modelos nuevos de sentencias que denomina constitucionales.
Termina agradeciendo a Chiovenda dando cuenta de un nuevo territorio de estudios para el derecho procesal y sustancial, especialmente basado en los derechos humanos.
OSVALDO A. GOZAÍNI es doble doctor por la Universidad de Buenos Aires (UBA) (en derecho constitucional, 1987; y en derecho procesal en el año 2010). Posdoctor por la misma Universidad. Director de la Maestría en Derecho Procesal Constitucional; Director de la carrera de especialización en Derecho Procesal Civil, ambas en la Facultad de Derecho (UBA). Es profesor titular del plantel docente de los posgrados de la Universidad Panamericana de México. Ex Investigadpor de tiempo completo del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de Mexico. Tiene casi un centenar de libros propios editados en Argentina, México; Costa Rica; Panamá; Ecuador; Colombia; Paraguay; España e Italia. La Ley 5763 de la Legislatura de la Ciudad autónoma de Buenos Aires lo declaró personalidad destacada de las cencias jurídicas.
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